Este área asesora al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en su labor de dar cumplimiento a los apartados 6.2 y 6.3 del artículo 6 de la Directiva 92/43/CEE sobre Conservación de hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres, ante la obligación de analizar las repercusiones ambientales de aquellos planes y proyectos que pudieran afectar negativamente y de manera significativa a los valores por los que fueron designados los espacios Red Natura.
En estos momentos este asesoramiento es extensible a planes, proyectos o actividades que puedan afectar a espacios o especies de interés para su conservación en Navarra, estén o no integrados en Red Natura, frente a los que la Administración tiene la obligación o responsabilidad de velar por su permanencia.
El trabajo se centra principalmente en la redacción de informes sobre la afección o impacto de las actuaciones de los planes y proyectos. También se elaboran directrices para compatibilizar el desarrollo de actividades sostenibles con la conservación de los valores naturales de los espacios.

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