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Suelo No Urbanizable y Programa de Inspección Urbanístico

Se trata de una asistencia técnica al Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio en la que se realizan informes y asesoramiento sobre proyectos y actividades sujetos a la Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Este servicio técnico tiene dos apartados:

Informes urbanísticos sobre expedientes en Suelo No Urbanizable

Supone una asistencia técnica para la Sección de Planeamiento Urbanístico Municipal.

Se realizan informes técnicos basados en las determinaciones del Planeamiento Municipal, en la Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en las de otros planes territoriales de ámbito supramunicipal que les afecten: Proyectos Sectoriales de Incidencia Supramunicipal, Estrategia y Modelo de Ocupación del Territorio (EMOT), Normas Urbanísticas de la Comarca de Pamplona, Camino de Santiago, tren de Alta Velocidad, etc.

Cada proyecto o actividad se analiza en base a la Categoría de suelo no urbanizable donde se ubica la propuesta de actividad, su Régimen de protección y las Ordenanzas particulares.

Programa de Inspección Urbanística

Supone una asistencia para la Sección de Vigilancia y Disciplina Urbanística.

Se realiza de acuerdo con el contenido señalado en los artículos 197 y 198 de la Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y tiene por objeto:

  • El seguimiento técnico y jurídico de las denuncias formuladas en el Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio.
  • El seguimiento de las Resoluciones que, con relación al artículo citado de la Ley Foral 35/2002, haya emitido la Dirección General.

El informe emitido incluye siempre una visita de inspección al lugar de la denuncia o de la Resolución objeto del expediente, y un informe jurídico.

Tipos de informes

En la encomienda de Suelo No Urbanizable y Programa de Inspección Urbanístico se desarrollan los siguientes tipos de informes:

  • Autorización de actividades y usos en suelo no urbanizable.
  • Consultas de actividades: las realizadas por otra Sección o Departamento del Gobierno de Navarra, y las consultas previas que solicita un promotor.
  • Legalización de una actividad existente.
  • Inspección de actividades en suelo no urbanizable.

La cuantificación de las actividades ejecutadas, según las dos partes de que consta la encomienda, es la siguiente:

  • Los informes urbanísticos sobre expedientes en suelo no urbanizable suponen una media de 620 expedientes por año (ello conlleva la redacción de bastantes más informes ya que algunos expedientes generan varios informes).
  • En el Programa de Inspección Urbanística se realiza una media anual de 120 informes.


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